Filtros de búsqueda
Resultados
La búsqueda devuelve 1 resultados
Concepto 122781 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública La elecci¿n del personero se debe hacer conforme lo establecido en el art¿lo 170 de ley 136 de 1994, el cual dispone que los Concejos Municipales o Distritales seg¿n el caso, elegir¿personeros para periodos institucionales de cuatro (4) a¿os, dentro de los diez (10) primeros d¿ del mes de enero del a¿o en que inicia su periodo constitucional, previo concurso p¿blico de m¿tos, de conformidad con la ley vigente. Los personeros as¿legidos, iniciar¿su periodo el primero de marzo siguiente a su elecci¿n y lo concluir¿el ¿ltimo d¿del mes de febrero del cuarto a¿o. |