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Ley 1227 de 2008 - Nivel Nacional

Establece la participación obligatoria de las instituciones educativas públicas y privadas en los procesos electorales. Señala que las instituciones públicas y privadas de educación primaria, secundaria y superior, deberán permitir el uso de sus instalaciones físicas para el desarrollo de la jornada electoral y pondrán a disposición el personal de las instituciones educativas y los estudiantes mayores de edad, que la organización electoral considere necesario para la operación del sistema electoral.