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Concepto 122521 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública El Fondo Nacional de Ahorro reconocerá y abonará en la cuenta de cesantías de cada servidor público afiliado, un interés equivalente a la variación anual a la Unidad de Valor Real (UVR), sobre las cesantías liquidadas por la entidad nominadora correspondiente al año inmediatamente anterior o proporcional por la fracción de año que se liquide definitivamente, es decir, los intereses de las cesantías consignadas por el Fondo Nacional de Ahorro serán acumulados por esta última entidad y abonados directamente en la cuenta del afiliado. |