Filtros de búsqueda

Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 5 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Decreto 1222 de 2003 - Nivel Nacional

Concepto Sala de Consulta C.E. 1222 de 1999 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

El requisito de la residencia para los candidatos a alcaldes: a) La ciudadanía colombiana, que es una exigencia básica para elegir y ser elegido (art. 40 num. 1º de la Constitución). b) Haber nacido en el municipio o ser residente en él durante un período de tiempo que la ley estima, sirve para demostrar su pertenencia a la comunidad local : un año antes de la inscripción de la candidatura o por lo menos, tres años consecutivos en cualquier época. La exigencia de "ser residente" en el municipio a cuya alcaldía se aspira, está acompañada de un elemento de duración, que puede ser durante un (1) año anterior a la fecha de la inscripción o durante un período mínimo de tres (3) años consecutivos en cualquier época. Por consiguiente, el hecho de estar establecido o de asiento en el respectivo municipio debe cumplirse por el tiempo antes expresado, según el caso. Para contabilizar ese tiempo, es preciso que la forma de estar establecida la persona en el respectivo municipio sea permanente, sin interrupción. Así se deduce de la exigencia de un período mínimo de tres (3) años consecutivos en cualquier época. Y si los tres años deben ser consecutivos, esto es, sin interrupción, el término de un año debe serlo igualmente.

Decreto 1222 de 1994 - Nivel Nacional

Por el cual se dictan normas para suprimir trámites, facilitar la actividad de los ciudadanos, contribuir a la eficiencia y eficacia de la Administración Pública y fortalecer el principio de la buena fe.

Decreto Ley 1222 de 1993 - Nivel Nacional

Reglamenta la forma de realizar procesos de selección o concursos, las pruebas, las personas seleccionadas, crea el registro de empleados públicos inscritos en el escalafón de carrera, la calificación de servicios, las vacantes, solicitudes de inscripción en el escalafón y señala los cargos de carrera en la Procuraduría general de la Nación.

Decreto Ley 1222 de 1986 - Nivel Nacional

Los bienes y rentas de las entidades territoriales son de su propiedad exclusiva; gozan de las mismas garantías que la propiedad y rentas de los particulares y no podrán ser ocupados sino en los mismos términos en lo que lo sea la propiedad privada, Art. 103. Regulación, Art. 104 a 108. Imposición de contribuciones, gastos, exenciones, recaudos, Art. 109 a 120. Impuesto a actividades de: degüello de ganado mayor; venta de loterías, registro y anotación; previsión social, eventos hípicos y deportivos; estampillas, valorización, Art. 131 a 184