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Concepto 12141 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Cuando se presente una falta temporal de una concejal por licencia de maternidad, será reemplazada por el candidato no elegido que según el orden de inscripción o votación obtenida, le siga en forma sucesiva y descendente en la misma lista electoral, de acuerdo con el artículo 134 de la Constitución. |