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Concepto 120221 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el marco de la autonomía de que gozan las entidades territoriales, es posible que el incremento salarial de los empleados de las entidades públicas derive en una asignación básica inferior a la que se establece el decreto que determina el límite máximo salarial señalado por el Gobierno nacional, pero no podrá exceder los mismos; siempre y cuando se garantice que el reajuste salarial que se decrete nunca podrá ser inferior al porcentaje del IPC del año que expira, |