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Sentencia 11750 de 1996 - Consejo de Estado El Decreto 749 de 1975 dejando de presente que se delega en los ministros y jefes de departamento administrativo la facultad de nombrar y remover funcionarios para el ejercicio de los empleos nacionales correspondientes a las plantas de personal de los organismos a su cargo, excepto de los viceministro, subjefe de departamento administrativo, secretario general de ministerio o departamento administrativo, consejero del Presidente de la República, secretario privado del Presidente de la República, secretario de la Presidencia de la República, Superintendente, consejero, asesor, director, jefe de división, jefe de oficina, jefe de sección, jefe de unidad, administrador de impuestos, administrador de aduanas, investigador científico y profesional especializado , se concluye que el Presidente de la República si tenía competencia para sancionar con destitución al actor, de una parte, y de la otra, no era necesario el concepto de la Junta de Carrera Penitenciaria, pues este requisito fue derogado, ya que dicha junta al decir el Decreto 749 de 1975 "era inoperante". |