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Concepto 116131 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública La renuncia, con el cumplimiento de los requisitos señalados no requiere del término “irrevocable” para su aceptación, esto, se reitera, al ser un acto unilateral libre y espontaneo del servidor público y la irrevocabilidad se configura una vez aceptada. |