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Concepto 115781 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

De conformidad con lo anotado en el artículo 30 de la Ley 2126 de 2021, modificado por la Ley 2197 de 2021, le corresponde a las Alcaldías municipales y distritales según los lineamientos del ente rector, establecer los mecanismos que garanticen la disponibilidad por medio virtual o presencial de siete (7) días a la semana y veinticuatro (24) horas al día de las Comisarías de Familia.

Concepto 115781 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La licencia por enfermedad, independientemente del origen, sea laboral o común, se autoriza cuando el servidor se encuentra en incapacidad mediante acto administrativo motivado, de oficio o a solitud de parte, previa certificación expedida por autoridad competente (Art. 2.2.5.5.11 del Decreto 1083 de 2015 modificado por el 648 de 2017). Se entiende por incapacidad, el estado de inhabilidad física o mental de un trabajador, que le impide desempeñar en forma temporal o permanente su profesión u oficio habitual. Una vez conferida la incapacidad, el empleado está en la obligación de informar a la entidad allegando copia de la respectiva certificación expedida por la autoridad competente.