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Ley 1153 de 2007 - Nivel Nacional

Establece el tratamiento de las contravenciones en materia penal, señalando las penas y medidas de seguridad que se podrán imponer, las cuales podrán ser principales y accesorias. Las contravenciones podrán ser contra la integridad personal, contra el patrimonio económico y contra la salud pública, las que para su inicio deberán hacerse mediante querella, la cual caducará en un mes, o podrá iniciarse de oficio, cuando se trate de captura en flagrancia. Establece que los estudiantes adscritos a consultorios jurídicos, podrán ejercer la función de representantes de los querellantes y defensores de los querellados.