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Ley 1149 de 2007 - Nivel Nacional Reforma el Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social para hacer efectiva la oralidad en sus procesos. Las modificaciones se refieren al trámite de las excepciones, proposición y trámite de incidentes, principios de oralidad y publicidad, clases de audiencias, señalamiento de las mismas, actas y grabación de éstas; el juez director del proceso, rechazo de pruebas y diligencias inconducentes., comparecencia de las partes, apelación de las sentencias de primera instancia, audiencia obligatoria de conciliación, decisión de excepciones previas, saneamiento y fijación del litigio, audiencia de trámite y juzgamiento en primera instancia, audiencia de trámite y fallo en segunda instancia y procedencia de la consulta. |