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Concepto 114851 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Mientras tenga la calidad de empleada pública (técnico administrativo grado 2), no podrá efectuar la práctica o judicatura ad honorem, pues los servidores públicos no pueden ejercer la abogacía, y la judicatura ad honorem exige dedicación exclusiva que choca con el ejercicio simultáneo de un cargo público. |