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Concepto 112561 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Está prohibida la provisión de cargos, salvo que se trate de solventar situaciones tales como renuncia, licencia o muerte que sean indispensables para el cabal funcionamiento de la Administración Pública, o cuando se trate de la designación de servidores públicos en cargos de carrera por el sistema de concurso público de méritos. En esos casos, de conformidad con lo señalado por la Corte Constitucional, la vinculación no se tratará de un cargo creado ad hoc en épocas de campaña, sino de una necesidad permanente de la administración que no puede dejar de ser satisfecha por encontrarse en periodo de campaña. |
Concepto 112561 de 2014 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para poder postularse al cargo de Gobernador departamental deberá renunciar al cargo con una antelación no menor a doce (12) meses respecto de la fecha de la respectiva elección. |