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Ley 1119 de 2006 - Nivel Nacional

Actualiza los registros y permisos vencidos para el control al porte y tenencia de las armas de fuego. Señala las opciones que tendrán las personas naturales y jurídicas que tengan en su poder armas de fuego debidamente registradas en el Archivo Nacional Sistematizado de Armas del Departamento Control y Comercio de Armas Municiones y Explosivos del Comando General de las Fuerzas Militares, con salvoconducto o permiso para porte o tenencia vencido. Modifica el Decreto Nacional 2535 de 1993, en cuanto a las multas en el porte y tenencia de armas de fuego, procedencia de la cesión del uso, permiso para la tenencia, suspensión de los permisos y establece los requisitos para la solicitud del permiso referido. Prohibe la fabricación, reparación, comercialización, importación, exportación, almacenamiento, transporte y utilización de todas aquellas armas nucleares, químicas y biológicas y sus accesorios.