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Concepto 111691 de 2015 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Sobre la competencia para establecer estos beneficios salariales, el Consejo de Estado y la Corte Constitucional, han señalado en reiterada jurisprudencia que sólo el Gobierno Nacional se encuentra constitucionalmente facultado para establecer elementos o factores salariales, tanto a nivel nacional como a nivel territorial, de conformidad con los parámetros generales fijados por el Congreso de la República en la Ley 4 de 1992.