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Concepto 111291 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Un empleado público del nivel municipal, vinculado con anterioridad a que su pariente en segundo grado de consanguinidad (hermano), se poseisone como concejal, no está inhabilitado para continuar desempeñando su cargo, al no estar prevista en la Constitución o en la Ley esta situación como inhabilidad sobreviniente. |