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Concepto 109401 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El encargo de los empleos de libre nombramiento y remoción por vacancia definitiva, tiene un término hasta de tres meses, prorrogables por tres meses más, vencidos los cuales, se exige la provisión definitiva del empleo; razón por la que se considera, que si el empleado ya estuvo en el encargo por los seis meses permitidos por la norma, la entidad no puede encargar nuevamente el empleo, sino que deberá proveerlo definitivamente.