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Ley 1093 de 2006 - Nivel Nacional Adiciona dos literales al numeral 2 del artículo 5° de la Ley 909 de 2004, precisando que los empleos que cumplan funciones de asesoría en las Mesas Directivas de las Asambleas Departamentales y de los Concejos Distritales y Municipales; así como los empleos cuyo ejercicio impliquen especial confianza que tengan asignadas funciones de asesoría institucional, que estén adscritos a las oficinas de los secretarios de despacho, de los Directores de Departamento Administrativo, de los gerentes, tanto en los departamentos, distritos especiales, Distrito Capital y distritos y municipios de categoría especial y primera, están exceptuados de la carrera administrativa, correspondiendo éstos a empleos de libre nombramiento y remoción. |