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Concepto 106531 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las empresas de servicios públicas pueden ser: privadas, mixtas y oficiales, para el caso de las dos primeras su régimen laboral será el de los trabajadores particulares regidos por el Código sustantivo del Trabajo. Sólo cuando el capital de la empresa es 100% estatal, la empresa de servicios públicos domiciliarios es oficial y, por tanto, se rigen por normas de derecho público propio de las entidades estatales. |