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Concepto 102961 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Al ser las inhabilidades restricciones fijadas por el constituyente o el legislador para limitar el derecho de acceso al ejercicio de cargos o funciones públicas, ello quiere decir, que tienen un carácter prohibitivo, y por consiguiente, estas son taxativas; es decir, están expresamente consagradas en la Constitución o en la Ley y su interpretación es restrictiva, sin que puedan buscarse analogías o hacerlas extensivas a casos no comprendidos por el Legislador, por consiguiente, quien haya sido sancionado con inhabilidad general para ejercer funciones públicas no podrá vincularse laboralmente en las entidades u organismos públicos, pues existe una sanción que lo inhabilita. |