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Concepto 099141 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública El subsidio de alimentación, se considera que únicamente se podrá descontar cuando el respectivo empleado disfrute de vacaciones, se encuentre en uso de licencia, suspendido en el ejercicio de sus funciones o cuando la entidad suministre alimentación a los empleados que conforme a este artículo tengan derecho al subsidio. |