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Concepto 096751 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Artículo 74 de la Ley 1438 de 2011, el director o gerente de la Empresa Social del Estado deberá presentar a la junta directiva el proyecto de plan de gestión de la misma, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a su posesión en el cargo, sin que la norma señale que se deba continuar el presentado por el gerente anterior, en todo caso la junta directiva de la respectiva Empresa Social del Estado deberá aprobar, el plan de gestión dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la presentación del plan de gestión.