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Comunicado 095751 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

"Una vez efectuado el aumento salarial correspondiente, es necesario tener en cuenta que el mismo tiene una vigencia fiscal desde el 1 de enero, lo que implica que el aumento salarial seha producido desde dicha fecha para todos los efectos a saber: cotizaciones a sistema de seguridad social en salud y pensiones, liquidación de prestaciones sociales y elementos salariales."