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Concepto 094181 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La protección especial para no ser retirado del servicio, opera para los servidores públicos señalados en la misma, siempre y cuando sea en desarrollo de la reestructuración de las entidades del Estado, lo que significa que no aplica en el caso del retiro del trabajador oficial, por una causal contenida en el contrato de trabajo o en la normativa vigente que regula su vinculación laboral, como son las causales de retiro consagradas en el Decreto 1083 de 2015, por consiguiente en el caso materia de consulta no aplica el retén social . |