Filtros de búsqueda

Menos
Más
  • 092611 (1) [X]
Menos
Más
Menos
Más

Resultados

La búsqueda devuelve 1 resultados
Ordenar por: Relevancia | Fecha de expedición

Concepto 092611 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Será procedente la provisión del empleo mediante nombramiento provisional, si no es posible el encargo de un empleado de carrera administrativa; no obstante, la administración deberá reportar la vacancia definitiva del empleo y adelantar todos los trámites tendientes a proveer definitivamente el empleo a través del respectivo concurso de mérito.Así las cosas,si para el momento de ofertar el empleo, el empleado no acredita tener la calidad de prepensionado (faltarle tres años para cumplir los requisitos de pensión), la respectiva entidad podrá sin limitante alguna, ofertar el empleo y surtir todos los trámites tendientes a la provisión definitiva de dicho empleo mediante el respectivo concurso de mérito.Si adelantado el concurso de méritos, para el momento del nombramiento en periodo de prueba del ganador del concurso, el empleo está ocupado por un empleado pre pensionado, éste último deberá presentar a la entidad la documentación que acredite su condición y una vez se surta el trámite correspondiente y se expida la constancia escrita, la administración deberá por disposición legal, en la medida de lo posible reubicarlos en los términos del artículo 8 de la Ley 2040 de 2020, hasta que cumplan con los requisitos para obtener el beneficio pensional; lo anterior, por cuanto el ganador del concurso tiene derecho a ser vinculado en periodo de prueba y el empleado provisional debe ceder la plaza.