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Concepto 091231 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Al cumplir la edad de retiro forzoso se convierte en una incompatibilidad para continuar ejerciendo las funciones del empleo, por lo que, cumplida la condición, se debe proceder al retiro del servidor público. Como quiera que en la actualidad el retiro forzoso de los servidores públicos es de setenta (70) años, se colige que los docentes universitarios podrán prestar sus servicios hasta diez años más; es decir, hasta la edad de ochenta (80) años, siempre que se trate de funciones relacionadas con la docencia.