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Concepto 086291 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública La clasificación de los empleos la otorga la ley, para el caso de las entidades del sistema general de carrera la clasificación de los empleos se encuentra consignada en el artículo 5 de la Ley 909 de 2004; en ese sentido, se considera que si los empleos que pretende modificar están enmarcados en la clasificación que le da la ley a los empleos de libre, no será procedente que las entidades públicas modifiquen la clasificación de los mismos. |