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Concepto 084761 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública La figura del funcionario ad hoc, es entonces, utilizada para designar a una persona que cumpla un determinado fin, o para que conozca de un asunto que debiera resolver un empleado que se declara impedido para pronunciarse de ese tema, el cual deberá tener las mismas competencias que el reemplazado; en caso de impedimentos o recusaciones que se presenten por parte del empleado de conocimiento en el trámite de una actuación, la autoridad administrativa deberá analizar si éste se acepta, caso en el cual, la primera consecuencia es apartar al servidor de las funciones referidas al asunto particular respecto del cual se configuró la causal de impedimento o recusación y, en segundo lugar, la de determinar cuál es la autoridad competente para conocer del asunto de que se trate y, en caso de que sea necesario, designar un empleado ad hoc. |