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Concepto 084361 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El cargo de conductor, conforme al Decreto Ley 785 de 20053 , es un empleo del nivel asistencial (art. 20), de manera que tendrán derecho a que se les reconozcan hasta 100 horas extras mensuales las cuales, se contabilizan desde la hora en la cual deba estar a disposición de la persona a transportar y hasta la hora en que la deje en el lugar que le sea indicado; La ley supedita el reconocimiento de los compensatorios en dinero para aquellos servidores que tengan derecho al reconocimiento de horas extras, su pago en dinero es una medida excepcional que se autoriza cada año, a iniciativa del Presidente de la República. De manera que no resulta viable el reconocimiento de horas extras ni su pago como compensatorios en dinero, a servidores que superen los topes señalados.

Concepto 084361 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La entidad a la que presta sus servicios es la única facultada para determinar cuáles de sus servidores públicos pueden prestar sus servicios desde trabajo en casa o en las instalaciones de la Entidad, y la forma como se pueden cumplir con las funciones propias del cargo; pues es la única que conoce de manera cierta la forma como se cumplen las mismas y la situación particular de su personal. En desarrollo de los principios de la especialización presupuestal y de la autonomía administrativa, constituye el único órgano llamado a producir una declaración de voluntad con efectos vinculantes en el mundo del derecho.