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Concepto 080201 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública La Ley 2200 de 2022, un criterio específico respecto a la delegación de funciones por parte de los Gobernadores, será éste el que prima sobre el criterio general, que es el contenido en la Ley 489 de 1998. En consecuencia, los Gobernadores sólo podrán delegar las funciones que le han sido asignadas, a los Secretarios de Despacho Departamentales y a los Jefes de Departamentos Administrativos. |