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Concepto 078371 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para el caso de los trabajadores oficiales, su jornada laboral, así como sus condiciones salariales y prestacionales podrán pactarse en el contrato de trabajo, reglamento interno, convención o pacto colectivo, de no haberse pactado sobre el particular, la Administración deberá acudir a lo dispuesto en la Ley 6 de 1945, al Decreto 1083 de 2015 o lo señalado para el caso de las prestaciones sociales en el Decreto 1045 de 1978 (artículo 8 y ss). |