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Concepto 075401 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública En el caso de los parientes por afinidad; es decir, suegro (primer grado de afinidad), la inhabilidad para contratar se mantiene hasta tanto el vínculo que genera el parentesco se mantenga vigente (el matrimonio o la unión libre debidamente acreditada) y únicamente se acaba, por ejemplo por la muerte del cónyuge; de tal manera que, aunque su suegro fallezca el vínculo no se extingue. Los efectos de la inhabilidad se mantienen por el periodo que la misma norma consagra. |