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Concepto 075251 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública La determinación de la administración al asignarle el encargo, debió estar precedida de la verificación del cumplimiento de los requisitos previstos en las disposiciones citadas; no obstante, y conforme a las directrices señaladas por la CNSC en relación con la terminación del encargo, se considera procedente que el servidor manifieste su determinación de renunciar al encargo que le ha sido asignado y de esta manera retomar el cargo del cual es titular. |