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Concepto 074521 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las inhabilidades, como las incompatibilidades, así como las demás calidades, exigencias o requisitos que deben reunir los candidatos para efectos de su incorporación al servicio del Estado, o para el ejercicio de una función pública deben estar consagradas en forma expresa y clara en el Estatuto General que rige la función pública y son taxativas y de interpretación restrictiva. El pariente en tercer grado de consanguinidad (sobrino) del Jefe de Control Interno del mismo municipio, no se encuentra inhabilitado para ser candidato y eventualmente elegido como concejal por cuanto su grado de parentesco no se encuentra dentro de los limitados por la norma. |