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Concepto 073491 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Un concejal no pude ejercer como apoderado ante las entidades públicas del respectivo municipio, salvo que se trate de sociedades de economía mixta en las cuales el aporte estatal sea superior al 50% del capital. Así, la norma prevé que los concejales pueden ejercer la profesión siempre que con ello no se interfiera en las funciones que ejerce, o cuando se trate de asuntos en los cuales el municipio o sus entidades descentralizadas sean parte. |