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Concepto 070751 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Como quiera que las normas que regulan el reconocimiento de las prestaciones sociales contemplan su pago en forma proporcional, se considera que procede la liquidación de la totalidad de las prestaciones sociales a que tiene derecho como es el caso de las vacaciones, prima de vacaciones, la bonificación por recreación, la prima de navidad y las cesantías, las cuales deberán liquidarse con el salario que este devengando al momento de su causación siempre y cuando el servidor efectivamente los estuviere percibiendo. |