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Concepto 065451 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública No será procedente dar por terminado el nombramiento en encargo de un empleado de carrera administrativa, motivado en el otorgamiento de una licencia ordinaria, por cuanto la misma no constituye causal para dar por terminado dicho nombramiento, y por el contrario, constituye un derecho de los empleados públicos, la cual una vez concedida, no es revocable por la autoridad que le confiere, no obstante, el empleado está facultado para renunciar a la misma mediante escrito que deberá presentar ante el nominador. |