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Concepto 062241 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los ediles pierden su investidura por violación al régimen de incompatibilidades o del de conflicto de intereses; es decir, cuando en el ejercicio de su cargo como miembro de la junta administradora local contravenga alguna de las prohibiciones al ejercer tal calidad. Sin embargo, ni la norma, ni la jurisprudencia reconocen la violación al régimen de inhabilidades como causal de perdida de investidura para los ediles. |