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Concepto 060921 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prima de navidad deberá pagarse con base en el salario que corresponda al cargo desempeñado al treinta de noviembre del correspondiente año y se incluirán los factores salariales que efectivamente haya percibido el servidor al momento del pago, es decir, la bonificación por servicios prestados en el caso narrado en su comunicación no puede ser tenida como factor, dado que el funcionario no la ha percibido. |