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Concepto 060831 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución, a partir de la garantía del derecho de petición, la Corte Constitucional ha fijado una serie de reglas y de parámetros relacionados con el alcance, núcleo esencial y contenido de este derecho, precisando que es de carácter fundamental, y determinante para la efectividad de los mecanismos de la democracia participativa, mediante él se garantizan otros derechos como el de la información, a la participación política y la libertad de expresión. |