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Sentencia 06061 de 2018 - Consejo de Estado Empresas Sociales del Estado creadas a partir de la escisión del ISS, no pueden negarse a reconocer los beneficios prestacionales pactados en Convención colectiva, teniendo en cuenta que los servidores que pasaron de trabajadores oficiales a empleados públicos, puedan beneficiarse de la convención teniendo en cuenta lo dicho en la sentencia C-314 de 2014, en ese sentido, los derechos laborales y prestacionales obtenidos por esos mecanismos de negociación deben ser reconocidos, por lo menos por el tiempo en que fueron pactados, es decir, 3 años contados a partir del 1 de noviembre de 2001 hasta el 31 de octubre de 2004, de acuerdo con el artículo 2o de la convención referida. |