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Concepto 059281 de 2024 - Departamento Administrativo de la Función Pública El pariente en cuarto grado de consanguinidad de un empleado del nivel directivo de una entidad pública, que tiene a su cargo la función nominadora, no podrá suscribir contratos con esa entidad, debido a que, dicho grado de parentesco se encuentra establecido en los términos del artículo 126 de la Constitución Política. |