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Concepto 058611 de 2023 - Departamento Administrativo de la Función Pública Las falta temporales son situaciones taxativas en las que se puede ver un alcalde en desarrollo de sus funciones, y expresamente la norma señala como debe suplirse la falta, de manera que éste podrá designar a uno de sus secretarios y si no pudiere hacerlo, el Secretario de Gobierno o único del lugar asumirá las funciones mientras el titular se reintegra o encarga a uno de sus secretarios, razón por la cual no resultaría viable que el jefe de la oficina jurídica sea encargado como tal. |