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Concepto 057481 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública El Concejo municipal o su mesa directiva según lo establecido en su reglamento interno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 136 de 1994, deberá dar posesión al Personero designado de la lista de elegibles; de lo contrario procederá la posesión de dicho servidor ante el Juez Civil o Promiscuo Municipal, Primero o Único del lugar. |