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Concepto 048021 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública Por expresa disposición normativa, contenida en el artículo 37 del Decreto Ley 1567 de 1998, las entidades públicas deben apropiar anualmente en sus respectivos presupuestos, los recursos necesarios para el efectivo cumplimiento de las obligaciones emanadas de los programas de incentivos que se adopten. |