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Concepto 04671 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se considera que procede la liquidación de la totalidad de las prestaciones sociales a que tiene derecho como es el caso de las vacaciones, prima de vacaciones, la bonificación por recreación, la prima de navidad y las cesantías, las cuales deberán liquidarse con el salario que esté devengando al momento de su causación siempre y cuando el servidor efectivamente los estuviere percibiendo. |