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Concepto 044291 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si se suspende el proceso por el cual se va a proveer el empleo de personero municipal, y en dicho lapso de tiempo se cumple el período constitucional del anterior personero, será necesario que el Concejo municipal encargue a un empleado de la personería con el fin que éste realice las funciones del personero mientras se surte el proceso para elegir al personero de ese periodo |