Filtros de búsqueda
Resultados
Concepto 04111 de 2021 - Departamento Administrativo de la Función Pública "Por ser el Consejo Superior Universitario el órgano que tiene la potestad de modificar los estatutos de la universidad y la misma le otorgó dicha función al rector, de esta forma, para que el rector pueda cambiar las funciones inherentes a su función, dicha modificación debe ir con aprobación del Consejo Superior, esto con el fin de que la resolución que modifica el manual de funciones y competencias laborales no sea contraria a los requisitos establecidos en los estatutos. En cuanto a la autonomía universitaria, estas se pueden modificar sus estatutos en este caso los manuales de funciones, por lo que es competencia de Consejo Superior Universitario modificarlo siempre y cuando se efectué por las necesidades del servicio y de la institución." |