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Concepto 040981 de 2022 - Departamento Administrativo de la Función Pública Por regla general los trabajadores de las fundaciones sin ánimo de lucro no son considerados servidores público salvo los representantes legales, los funcionarios de los niveles directivos, asesor o ejecutivo y los responsables de la contratación, por lo tanto, estos empleados deberán reportar en el SIGEP la hoja de vida. Es obligación de los empleados de las fundaciones realizar el reporte de la hoja de vida en el SIGEP. |