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Concepto 040811 de 2020 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para liquidar la prima de servicios y la prima de navidad de una persona que se encuentra vinculada como celador en una entidad del orden territorial no deberán tenerse en cuenta las horas extras, los días dominicales, festivos y recargos nocturnos, toda vez que la norma no contempla dichos conceptos como factores salariales. |